Hace tiempo que las redes se han inundado de ofertas suculentas, incluso reclamaciones a los bancos a coste cero, pues supuestamente, las entidades debían hacerse cargo de todos los gastos hipotecarios, y nada más lejos de la realidad.
Han de devolverte todo el dinero
Nuevo varapalo al Tribunal Supremo
Seguramente hayas leído titulares como los anteriores en publicaciones de distintos «profesionales» a los que, en mi opinión, habría de pedir responsabilidades. Y es que, incitar al pleito, mediante artes engañosas y elucubraciones tendría que castigarse de una vez por todas.
Ahora bien, tras la famosa Sentencia del TJUE que ha hecho volar la imaginación de los sujetos meritados, la situación es clara, misma que te expongo sin complicaciones, aquí no se vende humo.
¿Cómo se reparten los gastos hipotecarios realmente?
La nulidad de la cláusula comporta que los gastos han de repartirse como sí nunca hubiera existido la misma, aplicándose el derecho nacional.
¿Qué dice la norma española?
- Los Actos Jurídicos Documentados quedan a cargo del prestatario, es decir, el cliente.
- Los gastos notariales se pagan por mitad, 50% el cliente y el restante el banco.
- Los gastos registrales correrán por cuenta de la entidad bancaria.
En siguientes entregas hablaremos de varios productos bancarios tóxicos, de los que algunos son reclamables por el cliente, pero de momento te aconsejo que andes prevenido de otros peligros igualmente perjudiciales, los vendedores de humo del sector.
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